La cuantía se determinará por los Servicios Púbicos de Empleo competentes, graduándose en función de la dificultad para el acceso al mercado de trabajo del solicitante, de acuerdo con su inclusión en alguno de los siguientes colectivos: o Desempleados en general. o Jóvenes desempleados de 30 o menos años. o Mujeres desempleadas. o Desempleados con discapacidad. o Mujeres desempleadas con discapacidad. En el supuestos de mujeres víctimas de violencia de género, las subvenciones correspondientes a mujeres se incrementará hasta en un 10 por 100. El máximo de esta subvención será de 10.000 euros.