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Consejos y buenas prácticas en la búsqueda de empleo

CT - Trabajadores emigrantes retornados: requisitos para acceder al subsidio por desempleo.

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* Estar desempleado.
* Inscribirse como demandante de empleo en el plazo de un mes desde la fecha de su retorno y suscribir el Compromiso de Actividad.
* No haber rechazado oferta de colocación adecuada, ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional, en el plazo de un mes desde la inscripción como demandante de empleo.
* Carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias.
* Acreditar haber trabajado como mínimo 12 meses en los últimos seis años desde su última salida de España, en países no pertenecientes al Espacio Económico Europeo, o con los que no exista convenio sobre protección por desempleo.

En caso de haber trabajado un mínimo de 6 meses, sin llegar a 12, y haber cumplido 45 años, ver apartado sobre "Renta Activa de Inserción".
* No tener derecho a la prestación contributiva por desempleo.

Si el trabajador tuviera derecho al "Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años" percibiría éste.


     
 
 
 
     
     
   
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